A- de 2025
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Mendez Martinez Hugo Enrique·Demandado Distrito Especial Industrial Y Portuario De Barranquilla Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procesos ejecutivos dirigidos en contra de entidades públicas sin certeza de existencia de contrato estatal como causa del título a ejecutar
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 013 Administrativo de Barranquilla y el Juzgado 025 de Pequeñas Causas y Competencias Múltiples de Barranquilla, causado por una demanda ejecutiva de menor cuantía presentada por la empresa Sertet S.A.S., en contra de la empresa Puerta de Oro empresa de desarrollo Caribe S.A.S, con el fin de que se libre mandamiento de pago por la obligación en dinero contenida en dos facturas.
Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena considera que es posible que las facturas de venta objeto de litis hayan sido expedidas con ocasión de un contrato estatal porque, conforme el segundo inciso del artículo 772 del Código de Comercio, la emisión de una factura cambiaria de compraventa presupone la existencia de un contrato verbal o escrito y, la demandada es una sociedad de economía mixta de la que el Distrito Especial, Industrial y Portuario de Buenaventura, es el accionista mayoritario.
Según Auto 403/21, independientemente del régimen aplicable, aquellos contratos, en los que sea parte una entidad pública, son, por definición, contratos estatales, por lo que la aceptación de las facturas por parte del deudor pudo deberse a la suscripción de un contrato estatal.
Se resuelve en reiteración del Auto 1209/24 que, la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo es la competente para conocer los procesos ejecutivos en los que una de las partes sea una entidad pública y el juez del conflicto no tuviere certeza sobre la existencia o inexistencia de un contrato estatal que pudiere ser la causa del título valor que se pretende ejecutar.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de competencia entre la Jurisdicción de lo contencioso-administrativo y la Jurisdicción Ordinaria, en el sentido de DECLARAR que corresponde a la jurisdicción contenciosa administrativa, representada en el Juzgado 013 Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla el conocimiento de la demanda ejecutiva singular de menor cuantía presentada por la empresa Sertet S.A.S en contra de la empresa Puerta de Oro Empresa de Desarrollo Caribe S.A.S.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-6183 al Juzgado 013 Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla, para que continúe con lo de su cargo y para que comunique la presente decisión Juzgado 025 de Pequeñas Causas y Competencias Múltiples de Barranquilla y a los interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.